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Declaración anual obligatoria de censos ganaderos 2025

Se recuerda que como viene siendo habitual el plazo para la presentación de la declaración anual obligatoria de censos ganaderos es antes del 1 de marzo, en este caso hasta este viernes 28 de febrero de 2025, incluido.

EspeciesTodas las subexplotaciones, salvo las de bovino y de équidos, dadas de alta antes del 1 de enero de 2025.

Procedimiento:
  - Presencialmente acudiendo a una oficina comarcal o al Ayuntamiento en el horario habitual de atención del veterinario con el/los libro/s de explotación o, en caso de libros sin hojas de declaración de censos, con el impreso de declaración normalizado.
  - Por Internet para los usuarios del servicio REMO-web (si no lo es puede solicitar la clave de usuario).

Pautas:
  - Ovino/caprino: Número de animales a fecha 1 de enero de 2025.
  - Apícola: Número total de colmenas existentes a 31 de diciembre de 2024.
  - Porcino: Número de animales a 31 de diciembre de 2024.
  - Conejos: Censo medio del año 2024.
  - Aves: Número de animales a 31 de diciembre de 2024, salvo en las de producción que no sean de puesta, que será el número de animales objeto de la última entrada en la explotación el año anterior al de declaración.