Ayudas de tarifa rural año 2024 (autónomos) - ayto-villanuevadeoscos
Subvenciones y ayudas
Información sobre ayudas y subvenciones de diferentes instituciones o Administraciones Públicas
Ayudas de tarifa rural año 2024 (autónomos)
INFORMACIÓN ACTUALIZADA. Aunque el plazo de presentación que se detalla es de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación en el BOPA del extracto por el que se aprueba la convocatoria, definitivamente EL PLAZO DE PRESENTACIÓN ES HASTA EL LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024 (INCLUIDO) según se indica en la ficha de servicio y consultado al Servicio de Emprendedores y Economía Social de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (985108234 - emprendedores@asturias.org)
Si necesitas ayuda con la solicitud o con los diferentes trámites necesarios para consultar la información solicitada (duplicado de alta en RETA, certificado de ayudas de minimis…) acércate al Telecentro de Villanueva de Oscos o llámanos 985621326. Durante estos días el Telecentro estará abierto el lunes 14, martes 15, miércoles 16 y lunes 21 en horario de 14 a 20 horas, permaneciendo cerrado el jueves y el viernes.
Extracto de la Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de tarifa rural, año 2024 (BOPA nº 197 de 09/10/2024)
BENEFICIARIOS: Personas autónomas trabajadoras que hayan causado alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social (RETA, REMAR) con anterioridad al 31 de diciembre de 2021 y no se hayan dado de baja en el mismo en alguno de los concejos considerados rurales (población inferior a 3.000 habitantes) y se mantengan en situación de alta en alguno de dichos concejos por un periodo mínimo de 12 meses desde la fecha de concesión de la ayuda.
TIPO DE SUBVENCIÓN: concurrencia competitiva
IMPORTE MÁXIMO: 1.104,70 €
PLAZO SOLICITUD: hasta el lunes 21 octubre de 2024 El plazo será de diez días naturales y comenzará a partir del día siguiente al de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
REQUISITOS GENERALES: entre otros
1. Estar en situación de alta en el RETA o como trabajador por cuenta propia en el REMAR.
2. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
3. Tener el domicilio fiscal a la fecha de presentación de la solicitud, en alguno de los concejos considerados rurales del Principado de Asturias (población inferior a 3.000 habitantes). En la Comarca Oscos-Eo podrán solicitar la ayuda vecinos de Taramundi, San Tirso de Abres, Santa Eulalia, San Martín y Villanueva de Oscos.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR: solicitud y ficha acreedores. Las comunidades de bienes y las sociedades mercantiles capitalistas aportarán un certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite su domicilio fiscal, justificando que el solicitante es efectivamente miembro de la comunidad de bienes o de la sociedad mercantil
MAS INFORMACIÓN EN: la Sede del Gobierno del Principado de Asturias (con el código de solicitud: AYUD0511T01) y texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones